THE NATURE TIME
viernes, 15 de junio de 2012
Instituciones Ambientales
P R O F E P A
ORGANO GUBERNAMENTAL
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, PROFEPA, nace por la necesidad de atender y controlar el creciente deterioro ambiental en México, no tan solo en sus ciudades, también en sus bosques, selvas, costas y desiertos, lo cual, sumado a una serie de eventos desafortunados como las explosiones ocurridas en la Ciudad de Guadalajara en el año de 1992, provocadas por la acumulación de gases explosivos en el subsuelo, es que el Ejecutivo Federal implementó sus políticas públicas afines al medio ambiente y toma la decisión de crear un organismo que tuviera entre sus atribuciones regular las actividades industriales riesgosas, la contaminación al suelo, al aire y el cuidado de los recursos naturales.
Para ello el 4 de junio de 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL) que crea jurídicamente a la “Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)”, como un órgano administrativo desconcentrado, con autonomía técnica y operativa.
Posteriormente en ese mismo año, el 17 de Julio se hace la publicación del “Acuerdo que regula la organización y funcionamiento interno del Instituto Nacional de Ecología y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente”, quedando operativamente constituida la PROFEPA.
Una de las tareas principales de la PROFEPA es incrementar los niveles de observancia de la normatividad ambiental a fin de contribuir al desarrollo sustentable.
Entre sus atribuciones se encuentran vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales; salvaguardar los intereses de la población en materia ambiental procurando el cumplimiento de la legislación ambiental, sancionar a las personas físicas y morales que violen dichos preceptos legales, etc.
Hoy, a 17 años de su creación, la PROFEPA ha fortalecido sus acciones y actos de autoridad que incrementan el CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE LA LEY; sus prioridades han cambiado, las actividades industriales en la mayoría de los casos no representan un problema ambiental ya que actualmente se cuenta con una industria comprometida y socialmente responsable con el cuidado del medio ambiente, por lo que PROFEPA, sin dejar de observar el correcto funcionamiento de éstas, ha puesto en marcha un ambicioso programa de protección a los recursos naturales, mismos que día a día son vulnerados por las actividades humanas que en su mayoría, no cuentan con autorizaciones ni programas que compensen los daños provocados al medio ambiente.
México y el mundo poseen una sociedad cada vez más comprometida en el cuidado de los recursos naturales, por lo que el Gobierno Federal ha redireccionado sus estrategias en materia ambiental hacia el cuidado de los recursos, bajo un enfoque sistémico-geográfico-integral que define sitios prioritarios de atención, que son aquellos donde convergen múltiples problemáticas ambientales y que por consecuencia generan inconformidades y denuncias populares.
PROFEPA encuentra en la tecnología una herramienta importante para dirigir sus acciones en zonas o regiones, que generan un resultado de mayor impacto; la modernización de sus sistemas y la capacitación hacia su personal operativo, tiene como resultado una puntual y eficiente actuación que impacta positivamente en el cuidado de los recursos.
Cada año se recibe un mayor número de denuncias, lo cual indica que el entorno ambiental de las comunidades es muy importante para sus habitantes, situación que compromete a PROFEPA a redoblar sus esfuerzos enfocados a la protección y preservación del medio ambiente.
SEMARNAT
ORGANO GUBERNAMENTAL
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) es la dependencia de gobierno que tiene como propósito fundamental "fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales, y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable" (Ley Orgánica de la Administración Pública, Artículo 32 bis reformada en el DOF del 25 de febrero de 2003).
MISIÓN
Incorporar en todos los ámbitos de la sociedad y de la función pública, criterios e instrumentos que aseguren la óptima protección, conservación y aprovechamiento de nuestros recursos naturales, conformando así una política ambiental integral e incluyente dentro del marco del desarrollo sustentable.
VISIÓN
Un país en el que todos abriguen una profunda y sincera preocupación por proteger y conservar el medio ambiente y utilizar sustentablemente los recursos naturales conciliando desarrollo económico, convivencia armónica con la naturaleza y diversidad cultural.
OBJETIVOS GENERALES
Promover el desarrollo sustentable, así como conducir y evaluar la política ambiental y de recursos naturales, con la participación de la sociedad.
Promover la recuperación, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales y servicios ambientales.
Conservar los ecosistemas más representativos del país y su biodiversidad, especialmente las especies sujetas a alguna categoría de protección, con la participación corresponsable de todos los sectores sociales.
Detener y revertir la pérdida de capital natural así como la contaminación de los sistemas que sostienen la vida (agua, aire y suelos), con la participación corresponsable de la sociedad.
Procurar y fomentar el cumplimiento de la legislación ambiental y de recursos naturales mediante instrumentos de inspección y vigilancia, promoción de la participación voluntaria y una justicia pronta y expedita.
Administrar de forma eficaz y eficiente los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos asignados a la Secretaría.
Administrar y preservar las aguas nacionales con la participación de la sociedad para lograr el uso sustentable de este recurso.
ACTIVIDADES SUSTANTIVAS
I N E
ORGANO GUBERNAMENTAL
Misión
Generar, integrar y difundir conocimiento e información a través de investigación científica aplicada y el fortalecimiento de capacidades, para apoyar la formulación de política ambiental y la toma de decisiones que promuevan el desarrollo sustentable.
Visión
Ser un Instituto que impulsa y guía la agenda de investigación ambiental aplicada en México y aporta significativamente a ésta, en respuesta a las necesidades emanadas de la política sectorial del medio ambiente y contribuyendo efectivamente al desarrollo sustentable del país.
C O N A N P
ORGANO GUBERNAMENTAL
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) inició actividades el 5 de junio del 2000, como órgano desconcentrado de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), encargado de la Administración de las Áreas Naturales Protegidas.
A partir de mayo del año 2001, se ampliaron las responsabilidades de la Comisión, al integrarse los programas de Desarrollo Regional Sustentable (PRODERS), con el propósito de reducir la pobreza y marginación de comunidades rurales e indígenas presentes en las ANP y en las Regiones PRODRES.
En conjunto, las ANP y las regiones PRODERS constituyen las regiones prioritarias para la conservación (RPC), con la diferencia de que las primeras cuentan con un decreto de protección y con un Programa de Manejo, como instrumento de planeación para la realización de acciones, y en la segunda se aplican otras modalidades de conservación.
Para el cumplimiento de sus atribuciones, la CONANP retoma las líneas de la nueva política ambiental planteada por la SEMARNAT, a la que se integran en forma conjunta las interrelaciones existentes entre agua, aire, suelo, recursos forestales y componentes de la diversidad biológica, con los aspectos sociales y económicos de las poblaciones presentes en las regiones prioritarias para la conservación.
A fin de atender la totalidad de aspectos integrados en la nueva política ambiental, la CONANP se ha planteado los siguientes objetivos y estrategias:
Objetivo General
*Conservar el patrimonio natural de México y los procesos ecológicos a través de las ANP y los Programas de Desarrollo Regional Sustentable en Regiones Prioritarias para la Conservación, asegurando una adecuada cobertura y representatividad biológica.
Objetivo Particulares
*Consolidar las Regiones Prioritarias para la conservación, como zonas para la instrumentación de modelos alternos de organización, en las que se conjuguen las metas de la conservación con las del bienestar social.
*Promover el uso de los ecosistemas, sus bienes y servicios, con criterios de sustentabilidad, involucrando a los grupos indígenas y rurales en el diseño, propiedad y operación de actividades productivas.
Para el logro de estos objetivos y como resultado de los procesos de planeación estratégica de la Comisión -de los que resultaron once procesos y doce proyectos estratégicos-, se atenderán las siguientes pautas estratégicas:
C O N A F O R
ORGA NO GUBERNAMENTAL
La Comisión Nacional Forestal, creada por decreto presidencial el 4 de abril del 2001, es un Organismo Público Descentralizado cuyo objetivo es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes, programas, y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.
La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) es una comisión intersecretarial, creada en 1992 con carácter de permanente. El Presidente de la Comisión es el titular del Ejecutivo Federal, C. Felipe Calderón Hinojosa. El Secretario Técnico es el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), C. Juan Rafael Elvira Quezada y participan los titulares de nueve secretarías más: Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), Desarrollo Social (Sedesol), Economía (SE), Educación Pública (SEP), Energía (Sener), Hacienda y Crédito Público (SHCP), Relaciones Exteriores (SRE), Salud (SSA) y Turismo (Sectur).
La Conabio desempeña sus funciones mediante un grupo operativo que desde su creación ha estado encabezado por el Dr. José Sarukhán Kermez, como Coordinador Nacional. La Secretaria Ejecutiva es la Mtra. Ana Luisa Guzmán y López Figueroa.
La Conabio tiene la misión de promover, coordinar, apoyar y realizar actividades dirigidas al conocimiento de la diversidad biológica, así como a su conservación y uso sustentable para beneficio de la sociedad. La Conabio fue concebida como una organización de investigación aplicada, promotora de investigación básica, que compila y genera información sobre biodiversidad, desarrolla capacidades humanas en el área de informática de la biodiversidad y es fuente pública de información y conocimiento accesible para toda la sociedad.
Es una institución que genera inteligencia sobre nuestro capital natural; sirve de puente entre la academia, el gobierno y la sociedad; promueve que la conservación y manejo de la biodiversidad se base en acciones realizadas por la población local, la cual debe ser un actor central en ese proceso.
Entre las funciones principales de la Conabio están instrumentar y operar el Sistema Nacional de Información sobre Biodiversidad (SNIB), como establece el artículo 80, fracción V del de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para brindar datos, información y asesoría a diversos usuarios así como instrumentar las redes de información nacionales y mundiales sobre biodiversidad; dar cumplimiento a los compromisos internacionales en materia de biodiversidad adquiridos por México que se le asignen, y llevar a cabo acciones orientadas a la conservación y uso sustentable de la biodiversidad de México.
C C A
Tres países unidos en la protección del medio ambiente que compartimos
Desde 1994, Canadá, Estados Unidos y México han colaborado en la protección del medio ambiente de América del Norte en virtud del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN).
El ACAAN, que entró en vigor al mismo tiempo que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), representa el compromiso de los tres países en favor de que la liberalización del comercio y el crecimiento económico en América del Norte se acompañen de la cooperación eficaz y el mejoramiento continuo del desempeño ambiental de cada país.
En conformidad, en el marco del ACAAN se estableció un organismo internacional, la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA), a fin de:
El Consejo es el órgano rector de la Comisión y está conformado por los ministros de medio ambiente, o equivalentes, de cada uno de los tres países. El Secretariado brinda al Consejo apoyo técnico, administrativo y operativo. El Comité Consultivo Público Conjunto (CCPC), integrado por cinco ciudadanos de cada país, hace recomendaciones al Consejo sobre cualquier asunto en el ámbito del ACAAN.
C I C E A N A
ASOCIACION CIVIL
Misión
Promover la adquisición de conocimientos sobre el medio ambiente, la transformación de actitudes y el desarrollo de hábitos y valores que apoyen el desarrollo sustentable, a través de la educación, capacitación, comunicación, investigación y proyectos aplicados.
Visión
Lograr una sociedad sustentable a través de la promoción de una cultura ambientalmente responsable.
Los valores a partir de los cuales actuamos son:
Objetivos
En CICEANA hemos agrupado nuestros objetivos en seis grandes líneas estratégicas:
1. Comunicación
Fomentar y coordinar la producción, promoción, transmisión y distribución de programas para medios de comunicación, relacionados con el desarrollo sustentable.
Fomentar y coordinar un sistema de comunicación para la distribución de información ambiental.
Promover relaciones y vínculos con instituciones nacionales e internacionales que se dedican a la comunicación, información, educación o investigación para el desarrollo sustentable.
Elaborar y diseñar programas que fomenten la comunicación educativa.
2. Información
Elaborar contenidos de información sobre el desarrollo sustentable.
Diseñar y elaborar materiales informativos sobre el desarrollo sustentable.
3. Educación
Diseñar, promover y ejecutar programas de formación, capacitación y actualización para promover el desarrollo sustentable.
Elaborar materiales educativos para promover el desarrollo sustentable.
Diseñar, promover y ejecutar programas de sensibilización y comunicación educativa.
4. Investigación
Realizar investigación aplicada y desarrollo experimental de tecnologías que favorezcan el desarrollo sustentable.
Realizar investigación en educación ambiental.
5. Trabajo comunitario
Diseñar, promover y aplicar programas de educación, comunicación e información en comunidades rurales y urbanas para promover el desarrollo sustentable.
6. Asesoría ambiental
Realizar programas de asesoría ambiental a empresas, instituciones educativas, dependencias de gobierno, agencias internacionales y público en general.
ORGANO GUBERNAMENTAL
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, PROFEPA, nace por la necesidad de atender y controlar el creciente deterioro ambiental en México, no tan solo en sus ciudades, también en sus bosques, selvas, costas y desiertos, lo cual, sumado a una serie de eventos desafortunados como las explosiones ocurridas en la Ciudad de Guadalajara en el año de 1992, provocadas por la acumulación de gases explosivos en el subsuelo, es que el Ejecutivo Federal implementó sus políticas públicas afines al medio ambiente y toma la decisión de crear un organismo que tuviera entre sus atribuciones regular las actividades industriales riesgosas, la contaminación al suelo, al aire y el cuidado de los recursos naturales.
Para ello el 4 de junio de 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL) que crea jurídicamente a la “Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)”, como un órgano administrativo desconcentrado, con autonomía técnica y operativa.
Posteriormente en ese mismo año, el 17 de Julio se hace la publicación del “Acuerdo que regula la organización y funcionamiento interno del Instituto Nacional de Ecología y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente”, quedando operativamente constituida la PROFEPA.
Una de las tareas principales de la PROFEPA es incrementar los niveles de observancia de la normatividad ambiental a fin de contribuir al desarrollo sustentable.
Entre sus atribuciones se encuentran vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales; salvaguardar los intereses de la población en materia ambiental procurando el cumplimiento de la legislación ambiental, sancionar a las personas físicas y morales que violen dichos preceptos legales, etc.
Hoy, a 17 años de su creación, la PROFEPA ha fortalecido sus acciones y actos de autoridad que incrementan el CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE LA LEY; sus prioridades han cambiado, las actividades industriales en la mayoría de los casos no representan un problema ambiental ya que actualmente se cuenta con una industria comprometida y socialmente responsable con el cuidado del medio ambiente, por lo que PROFEPA, sin dejar de observar el correcto funcionamiento de éstas, ha puesto en marcha un ambicioso programa de protección a los recursos naturales, mismos que día a día son vulnerados por las actividades humanas que en su mayoría, no cuentan con autorizaciones ni programas que compensen los daños provocados al medio ambiente.
México y el mundo poseen una sociedad cada vez más comprometida en el cuidado de los recursos naturales, por lo que el Gobierno Federal ha redireccionado sus estrategias en materia ambiental hacia el cuidado de los recursos, bajo un enfoque sistémico-geográfico-integral que define sitios prioritarios de atención, que son aquellos donde convergen múltiples problemáticas ambientales y que por consecuencia generan inconformidades y denuncias populares.
PROFEPA encuentra en la tecnología una herramienta importante para dirigir sus acciones en zonas o regiones, que generan un resultado de mayor impacto; la modernización de sus sistemas y la capacitación hacia su personal operativo, tiene como resultado una puntual y eficiente actuación que impacta positivamente en el cuidado de los recursos.
Cada año se recibe un mayor número de denuncias, lo cual indica que el entorno ambiental de las comunidades es muy importante para sus habitantes, situación que compromete a PROFEPA a redoblar sus esfuerzos enfocados a la protección y preservación del medio ambiente.
ORGANO GUBERNAMENTAL
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) es la dependencia de gobierno que tiene como propósito fundamental "fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales, y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable" (Ley Orgánica de la Administración Pública, Artículo 32 bis reformada en el DOF del 25 de febrero de 2003).
MISIÓN
Incorporar en todos los ámbitos de la sociedad y de la función pública, criterios e instrumentos que aseguren la óptima protección, conservación y aprovechamiento de nuestros recursos naturales, conformando así una política ambiental integral e incluyente dentro del marco del desarrollo sustentable.
VISIÓN
Un país en el que todos abriguen una profunda y sincera preocupación por proteger y conservar el medio ambiente y utilizar sustentablemente los recursos naturales conciliando desarrollo económico, convivencia armónica con la naturaleza y diversidad cultural.
OBJETIVOS GENERALES
Promover el desarrollo sustentable, así como conducir y evaluar la política ambiental y de recursos naturales, con la participación de la sociedad.
Promover la recuperación, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales y servicios ambientales.
Conservar los ecosistemas más representativos del país y su biodiversidad, especialmente las especies sujetas a alguna categoría de protección, con la participación corresponsable de todos los sectores sociales.
Detener y revertir la pérdida de capital natural así como la contaminación de los sistemas que sostienen la vida (agua, aire y suelos), con la participación corresponsable de la sociedad.
Procurar y fomentar el cumplimiento de la legislación ambiental y de recursos naturales mediante instrumentos de inspección y vigilancia, promoción de la participación voluntaria y una justicia pronta y expedita.
Administrar de forma eficaz y eficiente los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos asignados a la Secretaría.
Administrar y preservar las aguas nacionales con la participación de la sociedad para lograr el uso sustentable de este recurso.
ACTIVIDADES SUSTANTIVAS
·
Formular,
instrumentar, evaluar y difundir políticas y lineamientos para la protección
del medio ambiente y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales,
en un marco de integralidad, transversalidad, transparencia y mejora
institucional.
·
Promover
la restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales.
·
Conservar
los ecosistemas y su biodiversidad.
·
Fomentar
y regular la protección del medio ambiente y el aprovechamiento sustentable de
los recursos naturales.
·
Promover
y vigilar el cumplimiento de la legislación ambiental y de los recursos
naturales.
·
Administrar
racionalmente los recursos asignados al sector en un marco de mejora
institucional.
ORGANO GUBERNAMENTAL
Misión
Generar, integrar y difundir conocimiento e información a través de investigación científica aplicada y el fortalecimiento de capacidades, para apoyar la formulación de política ambiental y la toma de decisiones que promuevan el desarrollo sustentable.
Visión
Ser un Instituto que impulsa y guía la agenda de investigación ambiental aplicada en México y aporta significativamente a ésta, en respuesta a las necesidades emanadas de la política sectorial del medio ambiente y contribuyendo efectivamente al desarrollo sustentable del país.
ORGANO GUBERNAMENTAL
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) inició actividades el 5 de junio del 2000, como órgano desconcentrado de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), encargado de la Administración de las Áreas Naturales Protegidas.
A partir de mayo del año 2001, se ampliaron las responsabilidades de la Comisión, al integrarse los programas de Desarrollo Regional Sustentable (PRODERS), con el propósito de reducir la pobreza y marginación de comunidades rurales e indígenas presentes en las ANP y en las Regiones PRODRES.
En conjunto, las ANP y las regiones PRODERS constituyen las regiones prioritarias para la conservación (RPC), con la diferencia de que las primeras cuentan con un decreto de protección y con un Programa de Manejo, como instrumento de planeación para la realización de acciones, y en la segunda se aplican otras modalidades de conservación.
Para el cumplimiento de sus atribuciones, la CONANP retoma las líneas de la nueva política ambiental planteada por la SEMARNAT, a la que se integran en forma conjunta las interrelaciones existentes entre agua, aire, suelo, recursos forestales y componentes de la diversidad biológica, con los aspectos sociales y económicos de las poblaciones presentes en las regiones prioritarias para la conservación.
A fin de atender la totalidad de aspectos integrados en la nueva política ambiental, la CONANP se ha planteado los siguientes objetivos y estrategias:
Objetivo General
*Conservar el patrimonio natural de México y los procesos ecológicos a través de las ANP y los Programas de Desarrollo Regional Sustentable en Regiones Prioritarias para la Conservación, asegurando una adecuada cobertura y representatividad biológica.
Objetivo Particulares
*Consolidar las Regiones Prioritarias para la conservación, como zonas para la instrumentación de modelos alternos de organización, en las que se conjuguen las metas de la conservación con las del bienestar social.
*Promover el uso de los ecosistemas, sus bienes y servicios, con criterios de sustentabilidad, involucrando a los grupos indígenas y rurales en el diseño, propiedad y operación de actividades productivas.
Para el logro de estos objetivos y como resultado de los procesos de planeación estratégica de la Comisión -de los que resultaron once procesos y doce proyectos estratégicos-, se atenderán las siguientes pautas estratégicas:
C O N A F O R
ORGA NO GUBERNAMENTAL
La Comisión Nacional Forestal, creada por decreto presidencial el 4 de abril del 2001, es un Organismo Público Descentralizado cuyo objetivo es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes, programas, y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.
La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) es una comisión intersecretarial, creada en 1992 con carácter de permanente. El Presidente de la Comisión es el titular del Ejecutivo Federal, C. Felipe Calderón Hinojosa. El Secretario Técnico es el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), C. Juan Rafael Elvira Quezada y participan los titulares de nueve secretarías más: Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), Desarrollo Social (Sedesol), Economía (SE), Educación Pública (SEP), Energía (Sener), Hacienda y Crédito Público (SHCP), Relaciones Exteriores (SRE), Salud (SSA) y Turismo (Sectur).
La Conabio desempeña sus funciones mediante un grupo operativo que desde su creación ha estado encabezado por el Dr. José Sarukhán Kermez, como Coordinador Nacional. La Secretaria Ejecutiva es la Mtra. Ana Luisa Guzmán y López Figueroa.
La Conabio tiene la misión de promover, coordinar, apoyar y realizar actividades dirigidas al conocimiento de la diversidad biológica, así como a su conservación y uso sustentable para beneficio de la sociedad. La Conabio fue concebida como una organización de investigación aplicada, promotora de investigación básica, que compila y genera información sobre biodiversidad, desarrolla capacidades humanas en el área de informática de la biodiversidad y es fuente pública de información y conocimiento accesible para toda la sociedad.
Es una institución que genera inteligencia sobre nuestro capital natural; sirve de puente entre la academia, el gobierno y la sociedad; promueve que la conservación y manejo de la biodiversidad se base en acciones realizadas por la población local, la cual debe ser un actor central en ese proceso.
Entre las funciones principales de la Conabio están instrumentar y operar el Sistema Nacional de Información sobre Biodiversidad (SNIB), como establece el artículo 80, fracción V del de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para brindar datos, información y asesoría a diversos usuarios así como instrumentar las redes de información nacionales y mundiales sobre biodiversidad; dar cumplimiento a los compromisos internacionales en materia de biodiversidad adquiridos por México que se le asignen, y llevar a cabo acciones orientadas a la conservación y uso sustentable de la biodiversidad de México.
C C A
Tres países unidos en la protección del medio ambiente que compartimos
Desde 1994, Canadá, Estados Unidos y México han colaborado en la protección del medio ambiente de América del Norte en virtud del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN).
El ACAAN, que entró en vigor al mismo tiempo que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), representa el compromiso de los tres países en favor de que la liberalización del comercio y el crecimiento económico en América del Norte se acompañen de la cooperación eficaz y el mejoramiento continuo del desempeño ambiental de cada país.
En conformidad, en el marco del ACAAN se estableció un organismo internacional, la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA), a fin de:
·
atender
las preocupaciones regionales relativas al medio ambiente;
·
ayudar
a prevenir posibles conflictos ambientales y comerciales;
·
promover
la aplicación efectiva de la legislación ambiental;
Los órganos que
constituyen la CCA son el Consejo, el Secretariado y el Comité Consultivo
Público Conjunto.El Consejo es el órgano rector de la Comisión y está conformado por los ministros de medio ambiente, o equivalentes, de cada uno de los tres países. El Secretariado brinda al Consejo apoyo técnico, administrativo y operativo. El Comité Consultivo Público Conjunto (CCPC), integrado por cinco ciudadanos de cada país, hace recomendaciones al Consejo sobre cualquier asunto en el ámbito del ACAAN.
ASOCIACION CIVIL
Misión
Promover la adquisición de conocimientos sobre el medio ambiente, la transformación de actitudes y el desarrollo de hábitos y valores que apoyen el desarrollo sustentable, a través de la educación, capacitación, comunicación, investigación y proyectos aplicados.
Visión
Lograr una sociedad sustentable a través de la promoción de una cultura ambientalmente responsable.
Los valores a partir de los cuales actuamos son:
·
Sustentabilidad
·
Diversidad
·
Inclusión
·
Equidad
·
Participación
·
Corresponsabilidad
·
Profesionalismo
·
Calidad
·
Transparencia
Objetivos
En CICEANA hemos agrupado nuestros objetivos en seis grandes líneas estratégicas:
1. Comunicación
Fomentar y coordinar la producción, promoción, transmisión y distribución de programas para medios de comunicación, relacionados con el desarrollo sustentable.
Fomentar y coordinar un sistema de comunicación para la distribución de información ambiental.
Promover relaciones y vínculos con instituciones nacionales e internacionales que se dedican a la comunicación, información, educación o investigación para el desarrollo sustentable.
Elaborar y diseñar programas que fomenten la comunicación educativa.
2. Información
Elaborar contenidos de información sobre el desarrollo sustentable.
Diseñar y elaborar materiales informativos sobre el desarrollo sustentable.
3. Educación
Diseñar, promover y ejecutar programas de formación, capacitación y actualización para promover el desarrollo sustentable.
Elaborar materiales educativos para promover el desarrollo sustentable.
Diseñar, promover y ejecutar programas de sensibilización y comunicación educativa.
4. Investigación
Realizar investigación aplicada y desarrollo experimental de tecnologías que favorezcan el desarrollo sustentable.
Realizar investigación en educación ambiental.
5. Trabajo comunitario
Diseñar, promover y aplicar programas de educación, comunicación e información en comunidades rurales y urbanas para promover el desarrollo sustentable.
6. Asesoría ambiental
Realizar programas de asesoría ambiental a empresas, instituciones educativas, dependencias de gobierno, agencias internacionales y público en general.
TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA AMBIENTAL
Convenio
|
Fecha de firma
|
Estatus
|
Países u organizaciones que lo
establecen
|
Fecha de publicación en el
D.O.
|
Sinopsis
|
Convención para la Protección de Aves Migratorias
y de Mamíferos Cinegéticos.
|
07/02/1936
|
|
México
Estados Unidos
|
15/05/1937
|
Proteger las aves llamadas migratorias cualquiera
que sea su origen y convienen en dictar leyes, reglamentos y disposiciones
conducentes, se establece un listado de las aves que gozarán de esa
protección.
|
Convención para la Protección de la Flora, de la
Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América.
|
12/10/1940
|
Vigente
|
Organización de Estados Americanos
|
29/05/1942
|
Se definen las áreas protegidas y se conviene su creación. Se adoptan
medidas de protección para la fauna y flora, la apertura al público, la
investigación científica de ciertos espacios protegidos y la emisión de
instrumentos legislativos en la materia.
|
Convenio Internacional relativo a la Intervención
en Alta Mar en casos de Accidentes que causen una Contaminación por
Hidrocarburos.
|
29/11/1969
|
Vigente
|
25/05/1976
|
Las partes podrán tomar en alta mar las medidas
necesarias para prevenir, mitigar o eliminar todo peligro grave contra su
litoral o intereses, debido a contaminación o amenaza de contaminación por
hidrocarburos resultado de un accidente marítimo. Se señalan las acciones y
medidas a cargo de las partes y disposiciones sobre solución de
controversias.
|
|
Convención relativa a los Humedales de
Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas
“Convención de Ramsar”.
|
02/02/1971
|
Vigente
|
UNESCO
|
29/08/1986
|
Se establecen acciones y medidas a cargo de los Estados para conservar
los humedales, flora y fauna que cada uno designe y las actividades en la
materia de la Oficina Permanente que se crea al efecto, cuyas funciones
quedan aseguradas por la Unión Internacional para la Conservación de la
Naturaleza y de los Recursos Naturales.
|
Convenio Internacional de Constitución de
un Fondo Internacional de Indemnización de Daño Causado por la Contaminación
de Hidrocarburos.
|
18/12/1971
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
09/08/1994
|
Se constituye un fondo internacional de
indemnización por daños causados por la contaminación de hidrocarburos, para
indemnizar a víctimas, exonerar a los propietarios de obligaciones
financieras suplementarias.
|
Acuerdo que modifica el artículo 4 de la
Convención para la Protección de Aves Migratorias y de Mamíferos Cinegéticos
del 7 de febrero de 1936.
|
10/03/1972
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se adiciona un catálogo de aves migratorias y mamíferos cinegéticos
para su protección.
|
Convención sobre la Protección del Patrimonio
Mundial, Cultural y Natural.
|
16/11/1972
|
Vigente
|
UNESCO
|
02/05/1984
|
Se reconoce la obligación de identificar,
proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el
patrimonio cultural y natural situado en el territorio de cada una. Se
señalan las medidas y acciones correspondientes y se crea el Comité
Intergubernamental de Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural
en la UNESCO.
|
Convenio sobre la Prevención de la Contaminación
del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias.
|
29/12/1972
|
Vigente
|
México
Reino Unido
Estados Unidos
URSS- Federación de Rusia
|
16/07/1975
|
Se establecen medidas generales para prevenir el vertimiento de
desechos u otras materias nocivas, desde buques, aeronaves, plataformas u
otras construcciones en el mar. Se anexan listados de materias peligrosas que
requieren especial atención o criterios aplicables para conceder permisos
para vertimiento.
|
Convención sobre el Comercio Internacional de
Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.
|
03/03/1973
|
Vigente
|
México
Suiza
|
06/03/1992
|
Establece la protección de ciertas especies de
flora y fauna contra su explotación excesiva mediante el comercio
internacional. Se señala la reglamentación del comercio de especimenes de
especies incluidas en los apéndices de la Convención y las medidas nacionales
e internacionales para este efecto.
|
Protocolo relativo a la Intervención en Alta Mar
en casos de Contaminación por Sustancias distintas de los Hidrocarburos,
1973.
|
02/11/1973
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
19/05/1980
|
Se reconoce el derecho de intervención de los Estados para adoptar las
medidas que estimen necesarias, en alta mar, para prevenir o mitigar el
peligro grave o inminente por contaminación por sustancias distintas a
hidrocarburos resultante de un siniestro marítimo.
|
Anexo V del Protocolo de 1978 relativo al
Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973 y
las Enmiendas de 1989,1990, y 1991 a dicho Anexo, así como las Enmiendas de
1994.
|
17/02/1978
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
29/10/1998
|
Se agrega una nueva regla sobre supervisión de
las prescripciones operacionales por el Estado Rector del puerto y se
enmiendan la regla 5 (eliminación de basuras en las zonas especiales).
|
Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional
para Prevenir la Contaminación de los Buques, 1973 Protocolo Marpol.
|
17/02/1978
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
07/07/1992
|
Se pospone por un periodo de tres años la aplicación del Anexo II del
Convenio y se modifica el texto del artículo 11.
|
Acuerdo sobre Planificación de Aprovechamiento y
Utilización de Areas Forestales Tropicales.
|
17/08/1978
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Las partes se comprometen a colaborar mutuamente
en un proyecto de aprovechamiento y utilización de áreas forestales
tropicales y se fijan los términos del acuerdo.
|
Acuerdo de Cooperación sobre la Contaminación del
Medio Marino por Derrames de Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas.
|
24/07/1980
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
18/05/1981 y 5/08/1981 Err.
|
Se conviene establecer un plan conjunto de contingencia entre ambos
países sobre contaminación del medio marino por derrames de hidrocarburos u
otras sustancias.
|
Acuerdo de Cooperación sobre la Contaminación del
Medio Marino por Derrames de Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas.
|
17/10/1980
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
18/11/1980
|
Se conviene establecer un plan de
contingencia sobre contaminación del medio marino por derrames de
hidrocarburos u otras sustancias nocivas.
|
Protocolo que Modifica la Convención sobre los
Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Habitat de
Aves Acuáticas.
|
03/12/1982
|
Vigente
|
UNESCO
|
29/08/1986
|
Se precisan aspectos sobre modificación de la Convención por las
partes.
|
Acuerdo por el que se prorroga y modifica el
Acuerdo sobre Planificación y Aprovechamiento y Utilización de Áreas
Forestales Tropicales, del 17 de agosto de 1978.
|
02/12/1982
|
Vigente
|
México
Alemania
|
11/03/1983
|
Se establece proseguir la cooperación en el
proyecto de planificación de aprovechamiento y utilización de áreas
forestales tropicales.
|
Convenio para la protección del Medio Marino de
la Región del Gran Caribe y el Protocolo de Cooperación para Combatir los
Derrames de Hidrocarburos en la Región del Gran Caribe.
|
24/03/1983
|
Vigente
|
México
Colombia
|
02/08/1985 y 25/04/1988 Err.
|
Se conviene en concertar acuerdos bilaterales o multilaterales para la
protección del medio marino del Golfo de México, mar Caribe y zonas
adyacentes del Océano Atlántico.
|
Convenio sobre Cooperación para la Protección y
Mejoramiento del Medio ambiente en la Zona Fronteriza “Convenio de La Paz”.
|
14/08/1983
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se acuerda cooperar en el campo de la protección
ambiental en la región fronteriza de ambos países.
|
Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978 relativo
al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques,
1973.
|
07/09/1984
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
26/10/1993
|
Se enmienda el Anexo para precisar diversos aspectos previstos
en las Reglas 1, 9, 13, 14, 15, 16, 18, 20, 21, y 25.
|
Convenio para la Protección de la Capa de Ozono.
|
22/03/1985
|
Vigente
|
Organización de las Naciones Unidas
|
22/12/1987 y 17/03/1988 Err.
|
Tomar las medidas apropiadas para proteger la
salud y el medio ambiente contra efectos que modifiquen o puedan modificar la
capa de ozono, tales como investigaciones, medidas legislativas o
administrativas, y cooperación con los organismos internacionales.
|
Acuerdo de Cooperación para la Solución de los
Problemas de Saneamiento en San Diego California/Tijuana, Baja California
–Anexo I del Convenio sobre cooperación para la protección y mejoramiento del
Medio Ambiente en la zona fronteriza de 14 de agosto de 1983–
|
18/07/1985
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Establece que ambos países realizarán consultas bilaterales en
relación con el tratamiento de aguas residuales.
|
Acuerdo de Cooperación sobre Contaminación del
Ambiente a lo largo de la Frontera Terrestre Internacional por Descarga de
Sustancias Peligrosas –Anexo II del Convenio sobre cooperación para la
protección y mejoramiento del Medio Ambiente en la zona fronteriza de 14 de
agosto de 1983–
|
18/07/1985
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se acuerda preservar el medio ambiente a lo largo
de la frontera internacional terrestre.
|
Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978 relativo
al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques,
1973, Referentes al Anexo II del Convenio Internacional por los Buques en su
forma modificada por el correspondiente Protocolo de 1978.
|
05/12/1985
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
26/10/1993
|
Se enmiendan las siguientes reglas contenidas en el Anexo II:
1,2,3,5,5ª,7,8,9,10,11,12,12ª,13 y 14. Se agregan apéndices con lista de
sustancias líquidas y modelos de diversos documentos contemplados en la
reglamentación.
|
Acuerdo de Cooperación sobre Movimientos
Transfronterizos de Desechos Peligrosos y Sustancias peligrosas –Anexo III
del Convenio 12/11/1986 sobre cooperación para la protección y mejoramiento
del Medio Ambiente en la zona fronteriza de 14 de agosto de 1983–
|
12/11/1986
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se establecen lineamientos para asegurar que las
actividades relacionadas con los movimientos transfronterizos de desechos
peligrosos se efectúen en un marco que reduzca o prevenga de riesgos a la
salud pública.
|
Acuerdo por el que se prorroga y modifica el
Acuerdo sobre Planificación de Aprovechamiento y Utilización de Áreas
Forestales Tropicales, del 17 de agosto de 1978.
|
11/12/1986
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
El gobierno alemán cooperará con el gobierno mexicano en un proyecto
de planificación de áreas forestales tropicales para llegar a una solución de
los problemas inherentes a la utilización económica de bosques tropicales
húmedos y su transformación en áreas de sector agropecuario.
|
Acuerdo de Cooperación sobre Contaminación
Transfronteriza del Aire Causado por las Fundidoras de Cobre a lo largo de su
Frontera Común –Anexo III del Convenio 12/11/1986 sobre cooperación para la
protección y mejoramiento del Medio Ambiente en la zona fronteriza de 14 de
agosto de 1983–
|
29/01/1987
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se acuerdan medidas para la reducción de
emisiones de dióxido de azufre provenientes de la fundidora de cobre.
|
Convenio sobre la Protección y Mejoramiento del
Ambiente en la Zona Fronteriza.
|
10/04/1987
|
Vigente
|
México
Guatemala
|
30/05/1988
|
Ambos países acuerdan cooperar entre sí en las tareas de protección y
mejoramiento ambiental, conservación de los recursos naturales en la zona
fronteriza.
|
Enmienda a los Artículos 6 y 7 de la Convención
relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como
Hábitat de Aves Acuáticas.
|
28/05/1987
|
Vigente
|
Organización de las Naciones Unidas
|
28/01/1993
|
Se enmiendan los artículos 6, sobre competencia
de las partes contratantes, su operación y deberes, y 7, sobre inclusión de
expertos en las representaciones de las partes; voto en la asamblea y
adopción de resoluciones y decisiones por mayoría simple.
|
Protocolo de Montreal relativo a las Substancias
Agotadoras de la Capa de Ozono.
|
16/09/1987
|
Vigente
|
Organización de las Naciones Unidas
|
12/02/1990
|
Se establece un sistema internacional de monitoreo de sustancias
nocivas para la capa de ozono, consistente en acciones a cargo de los
Estados. Se establecen disposiciones sobre medidas de control; cálculo de los
niveles de control; situación de los países en desarrollo; evaluación y
examen de las medidas de control; presentación de datos e incumplimiento.
|
Acuerdo por el que se prorroga y modifica el
Acuerdo sobre Planificación de Aprovechamiento y utilización de Áreas
Forestales Tropicales, del 17 de agosto de 1978.
|
06/12/1988
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Se establece desarrollar y experimentar formas
adecuadas de aprovechamiento de los recursos naturales de la región del
trópico húmedo de México.
|
Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo sobre
la Contaminación del Medio Marino por Derrames de Hidrocarburos y otras
Sustancias Nocivas, del 24 de julio de 1980.
|
06/12/1988
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
25/01/1991
|
Se acuerda que la coordinación de esas tareas compete a la Guardia
Costera y al Equipo Nacional de Respuesta en el caso de Estados Unidos y a la
Secretaría de Marina en el caso de México.
|
Convenio de Basilea sobre el control de los
Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su
Eliminación.
|
22/03/1989
|
Vigente
|
Organización de las Naciones Unidas
|
09/08/1991
|
Se conviene en no permitir la importación o la
exportación de los desechos peligrosos para su eliminación enumerados
en los anexos I y II o definidos como peligrosos por la legislación de
las partes, previa comunicación de la prohibición correspondiente.
|
Acuerdo de Cooperación para el financiamiento de
las Obras Necesarias para la Solución del Problema Fronterizo de Saneamiento
en el Río Bravo en el área de Nuevo Laredo/Laredo en un acta de la Comisión
Internacional de Límites y Aguas.
|
07/08/1989
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se establece formalizar el financiamiento para ejecutar el proyecto
referido, mediante un Acta que deberá ser emitida por la Comisión
Internacional de Límites y Aguas.
|
Compromiso para la Construcción de una Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales en la Ciudad de Tijuana.
|
03/10/1989
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se establece la construcción de una planta de
tratamiento internacional en territorio estadounidense.
|
Acuerdo sobre Cooperación para la protección y
Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Metropolitana de la Ciudad de
México.
|
03/10/1989
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
25/01/1991
|
Ambos países convienen cooperar para la protección, conservación y
mejoramiento del medio ambiente en la Zona Metropolitana de la Ciudad de
México.
|
Acuerdo de Cooperación Ambiental.
|
16/03/1990
|
Vigente
|
México
Canadá
|
28/01/1991
|
Las partes mantendrán y ampliarán la cooperación
bilateral en el campo de los asuntos ambientales sobre la base de igualdad y
el beneficio mutuo.
|
Acuerdo sobre la Creación de un Fondo para
Estudios y Expertos destinados a la Protección del Medio Ambiente –Fondo
Medio Ambiente–
|
05/06/1990
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Cooperar al desarrollo de la identificación y preparación de proyectos
para la cooperación técnica internacional entre ambos países.
|
Enmiendas al Protocolo de Montreal relativo a las
Sustancias que Agotan la Capa de Ozono del 16 de Septiembre de 1987.
|
26/06/1990
|
Vigente
|
Organización de Naciones Unidas
|
27/12/1991
|
Se enmiendan diversos artículos del Protocolo de
Montreal para precisar sus disposiciones y se agregan Anexos sobre sustancias
controladas y de transición.
|
Acuerdo sobre una Solución Conjunta de
Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales en la Ciudad de Tijuana.
|
08/08/1990
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
n/p
|
Se establece un plan conceptual para la solución permanente y definida
del problema del saneamiento de aguas residuales que ambos países presentan
en su frontera.
|
Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio
Ambiente.
|
10/10/1990
|
Vigente
|
México
Brasil
|
01/08/1995
|
Ambos países mantendrán y ampliarán la
cooperación bilateral en asuntos ambientales sobre la base de igualdad y el
beneficio mutuo, tomando en cuenta sus políticas ambientales.
|
Aprobación de enmiendas al Anexo del Protocolo de
1978 relativo a Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los
Buques, 1973.
|
16/11/1990
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
26/10/1993
|
Se enmienda la Regla 10 –métodos para prevenir la contaminación por
hidrocarburos desde buques que operen en zonas especiales– para incluir la
zona del Atlántico.
|
Convenio Internacional sobre Cooperación,
Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos, 1990.
|
30/11/1990
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
06/02/1995
|
Se establece que cada parte exigirá que todos los
buques que tengan derecho a enarbolar su pabellón lleven a bordo un plan de
emergencia en caso de contaminación por hidrocarburos conforme a las
disposiciones aprobadas por la Organización a tal efecto.
|
Acuerdo para el “Fondo para estudios y expertos
destinado a la protección del medio ambiente”.
|
01/02/1991
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
El fondo tiene como propósito cooperar al desarrollo de la
identificación y preparación de proyectos para la preparación técnica
internacional entre ambos países.
|
Acuerdo para la Continuación del Proyecto sobre
Planificación y Aprovechamiento y Utilización de Áreas Forestales
Tropicales del 17 de agosto de 1978.
|
06/05/1991
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Se acuerda que ambos gobiernos celebrarán
consultas bilaterales sobre política exterior, alternando en uno y otro país.
|
Enmiendas al Anexo de Protocolo de 1978 relativo
al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los buques, 1973.
|
04/07/1991
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
26/10/1993
|
Se enmiendan diversas disposiciones para precisar aspectos preventivos
y documentales previstos –nueva Regla 26 (plan de emergencia a bordo en caso
de contaminación por hidrocarburos).
|
Convenio sobre la Protección y Mejoramiento del
Ambiente y Conservación de los Recursos Naturales en la Zona Fronteriza.
|
20/09/1991
|
Vigente
|
México
Belice
|
28/01/1992
|
Ambos países acuerdan cooperar entre sí, en las
tareas de protección y mejoramiento ambiental y en la de conservación de los
recursos naturales de la zona fronteriza.
|
Acuerdo sobre el Proyecto “Fondo para Estudios y
expertos destinado a la protección del Medio Ambiente, Fondo Medio ambiente”
|
17/12/1991
|
Vigente
|
México
Alemania
|
04/02/1992
|
Ambos países acuerdan ampliar el monto del fondo de $8,900,000 a
$12,900,000 dólares estadounidenses.
|
Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978 relativo
al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques,
1973.
|
06/03/1992
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
26/10/1993
|
Se enmienda para introducir precisiones a los
criterios de descarga –Reglas 9,10,16 y 21–
|
Convenio marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático.
|
09/05/1992
|
Vigente
|
Organización de las Naciones Unidas
|
07/05/1993
|
Lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto
invernadero en la atmósfera, a un nivel que impida interferencias peligrosas
en el sistema climático.
|
Acuerdo para la Creación del Instituto
Interamericano para la Investigación del Cambio Global.
|
13/05/1992
|
Vigente
|
Organización de Estados Americanos
|
06/07/1993
|
Se crea el Instituto Interamericano para la
Investigación del Cambio Global como un organismo científico de investigación
interdisciplinaria y cooperación en materia de cambio climático.
|
Convenio sobre la Diversidad Biológica.
|
05/06/1992
|
Vigente
|
Organización de Naciones Unidas
|
07/05/1993
|
Se señala como objetivo la conservación de la diversidad biológica, la
utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa
en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéricos.
|
Modificaciones al Protocolo de Montreal Relativo
a las sustancias que afectan la capa de ozono, 1992.
|
25/11/1992
|
Vigente
|
Organización de Naciones Unidas
|
24/10/1994
|
Se modifican los artículos 2ª y2b del Protocolo
relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, respecto de ajustes y
reducciones de la producción y el consumo de las sustancias controladas que
figuran en el Anexo A del Protocolo.
|
Protocolo de 1992 que Enmienda el Convenio
Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a
Contaminación por Hidrocarburos, 1969.
|
27/11/1992
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
06/02/1995
|
Se enmienda en su totalidad el convenio Internacional sobre Responsabilidad
Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos.
|
Protocolo de 1992 que Enmienda el Convenio
Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a
Contaminación por Hidrocarburos, 1971.
|
27/11/1992
|
Vigente
|
Organización Marítima Internacional
|
06/02/1995
|
Se amplía el ámbito de aplicación y aumenta la
indemnización que establece. Se contemplan las modificaciones establecidas
por el Protocolo de 1984, que no había entrado en vigor al suscribirse el de
1992.
|
Acuerdo sobre el proyecto Fondo para Estudios y
Expertos destinado a la Protección del Medio Ambiente.
|
17/09/1993
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Se amplía el monto del fondo de $12,900,000 a $13,900,000 dólares
estadounidenses.
|
Acuerdo de Cooperación Forestal.
|
14/10/1993
|
Vigente
|
México
Chile
|
n/p
|
Se acuerda establecer y desarrollar programas,
proyectos de cooperación técnica, científica en materia forestal y promover
otras acciones en áreas de interés mutuo.
|
Acuerdo sobre el establecimiento de la Comisión
de Cooperación Ecológica Fronteriza y el Banco de Desarrollo de América del
Norte
|
16 y 18/11/1993
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
27/12/1993
|
Se establecen la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza y el
Banco de Desarrollo de América del Norte, para apoyar la conservación y
mejoramiento de la ecología en la zona fronteriza y para el desarrollo de las
comunidades y de la inversión en apoyo de los propósitos del Tratado de Libre
Comercio de América del Norte.
|
Convenio de las Naciones Unidas de Lucha contra
la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o
Desertificación, en particular en África.
|
17/06/1994
|
Vigente
|
Organización de las Naciones Unidas
|
01/06/1995
|
Se establece como objetivo la lucha contra la
desertificación y mitigar los efectos de la sequía grave en los países
afectados, en particular África, mediante la adopción de medidas
eficaces apoyadas por acuerdos de cooperación y asociación
internacionales, para contribuir al logro del desarrollo sostenible en zonas
afectadas.
|
Acuerdo de Entendimiento para el “Proyecto de
Manejo Forestal en Quintana Roo”.
|
02 y 23/02/1995
|
Vigente
|
México
Reino Unido de la Gran Bretaña
Irlanda del Norte
|
n/p
|
El Reino Unido pone a disposición de México una suma que no exceda de
1,236,500 libras esterlinas, para efectuar la cooperación técnica y aplicarla
al “Proyecto de Manejo Forestal en Quintana Roo”
|
Acuerdo para Ampliar el “Fondo para Estudios y
Expertos Destinados a la Protección del Medio Ambiente”.
|
08/05/1995 y
26/07/1995
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Ambos países acuerdan ampliar la suma del fondo
de 13,900,000 marcos alemanes a 15,961,106 marcos alemanes.
|
Carta de Entendimiento para el Proyecto Campesino
de Desarrollo en la Conservación de la Reserva Ecológica y Rural en
Chimalapas.
|
01/06/1995
|
Vigente
|
México
Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte
|
n/p
|
Gran Bretaña e Irlanda del Norte ponen a disposición del gobierno
mexicano una suma de 2,204,215 libras esterlinas, provenientes de fondos de
cooperación técnica.
|
Carta de Entendimiento para el Proyecto de Conservación
y Desarrollo Rural para los Bosques de Niebla en Chiapas.
|
01/06/1995
|
Vigente
|
México
Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del
Norte
|
n/p
|
Gran Bretaña e Irlanda del Norte ponen a
disposición del gobierno mexicano una suma de 1,453,889 libras esterlinas,
provenientes de fondos de cooperación técnica para aplicarse al proyecto.
|
Acuerdo que Prorroga el acuerdo sobre
Planificación de Aprovechamiento y utilización de Áreas Forestales Tropicales
del 17 de agosto de 1978.
|
31/08/1995
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Ambos países colaborarán por otros doce meses a partir del 1 de enero
de 1995, en el desarrollo y experimentación de formas adecuadas de
aprovechamiento del suelo forestal en zonas de bosques del trópico húmedo.
|
Acuerdo sobre el Proyecto “Fomento de Utilización
de Tecnologías Eco Compatibles y Socialmente Adecuadas en el Ámbito de la
Pequeña Industria”.
|
27/10/1995
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Ambos países cooperarán con el objeto de
respaldar a pequeñas empresas industriales de sectores seleccionados,
asentadas en la Ciudad de México, respecto de la adopción de iniciativas
destinadas a mejorar su ecocompatibilidad y la adecuación social de su
producción.
|
Acuerdo sobre el Proyecto denominado “Eliminación
de Residuos Especiales en México, D.F.”.
|
27/10/1995
y
17/11/1995
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Ambos países cooperarán en la elaboración de un programa integral para
evitar, aprovechar, manejar y eliminar los residuos especiales que se
generen en el Valle de México.
|
Acuerdo sobre el Proyecto denominado “Identificación
de residuos Industriales Peligrosos”.
|
27/10/1995 y
17/11/1995
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Las partes fomentarán conjuntamente este proyecto
con el objeto de mejorar las condiciones para la eliminación de residuos
industriales especiales.
|
Acuerdo a través del cual se sustituyen los
Apéndices del Anexo V del Convenio sobre Cooperación para la Protección y
Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza.
|
07/05/1996
|
Vigente
|
México
Estados Uninos
|
n/p
|
Se establece un programa denominado Frontera XXI, el cual tiene como
propósito hacer efectiva la participación de las comunidades fronterizas y
las autoridades locales en el establecimiento de prioridades y en las
decisiones ambientales que son propias de su entorno geográfico.
|
Convención Interamericana para la Protección y
Conservación de las Tortugas Marinas.
|
01/12/1996
|
Vigente
|
México
Venezuela
|
29/11/2000
|
Se establece como objetivo promover la
protección, conservación y recuperación de las poblaciones de tortugas
marinas y del hábitat del cual dependen, basándose en los datos científicos
disponibles y considerando las características ambientales, socioeconómicas y
culturales de las partes.
|
Acuerdo sobre el Proyecto “descentralización de
la gestión de Residuos en el Estado de México”.
|
03/12/1996 y
18/04/1997
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Ambos países colaborarán en el asesoramiento de la Secretaría de
Ecología del Estado de México con el propósito de iniciar un proceso de
mejora para una gestión descentralizada e integrada de residuos en la entidad
y sus municipios y difundir a nivel nacional las experiencias obtenidas.
|
Acuerdo sobre el Proyecto “Mejoramiento de la
Calidad del Aire en la Ciudad de México”.
|
04/12/1996
y
03/03/1997
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Ambos países colaborarán en el desarrollo de
estrategias y programas destinados a reducir la contaminación atmosférica de
la Ciudad de México.
|
Acuerdo que Prorroga el Proyecto “Planificación
de Aprovechamiento y utilización de Áreas Forestales Tropicales”.
|
30/04/1997 y
07/07/1997
|
Vigente
|
México
Alemania
|
n/p
|
Se establece que las partes colaborarán a partir del 1 de enero de
1996 y por otros 36 meses en el desarrollo y experimentación de formas
adecuadas de aprovechamiento del suelo forestal en zonas de bosques del
trópico húmedo en México.
|
Protocolo por el que se modifica la Convención
para la Protección de Aves Migratorias y de Mamíferos Cinegéticos.
|
05/05/1997
|
Vigente
|
México
Estados Unidos
|
21/07/2000
|
Se establece una temporada de veda para patos
silvestres del 10 de marzo al 1 de septiembre, excepto en Alaska, en donde
los patos silvestres y sus huevos podrán ser capturados por habitantes
indígenas del lugar, siempre que las temporadas y otras reglamentaciones para
el no-desperdicio sean consistentes con los usos habituales y tradicionales
de los habitantes indígenas y sean para su propia alimentación y otras
necesidades esenciales.
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Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
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11/12/1997
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Vigente
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Organización de Naciones Unidas
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24/11/2000
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Se precisan las acciones, políticas y medidas a cargo de las partes
para aplicar la Convención, incluso la reducción de emisiones de los gases de
efecto invernadero a un nivel inferior en no menos de 5% al de 1990, en un
periodo comprendido entre los años 2008 y 2012. Se agregan los Anexos A con
listado de gases de efecto invernadero y B, con porcentajes respecto del
compromiso cuantificado de limitación o reducción de las emisiones.
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Acuerdo sobre el Programa Internacional para la
Conservación de Delfines.
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21/05/1998
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Vigente
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México
Estados Unidos
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17/05/1999
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Se establecen como objetivos el reducir
progresivamente la mortalidad incidental de delfines en la pesca de atún con
red de cerco en el Área del Acuerdo a niveles cercanos a cero, a través del
establecimiento de límites anuales; buscar métodos ambientalmente adecuados
para capturar atunes aleta amarilla; y asegurar la sostenibilidad a largo
plazo de las poblaciones de atún en el área del acuerdo, así como los
recursos marinos vivos relacionados con esta pesquería.
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Acuerdo sobre el Proyecto de Protección del Medio
Ambiente y la Competitividad Industrial.
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23/11/1998 y
08/06/1999
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Vigente
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México
Alemania
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n/p
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Ambos países fomentarán el proyecto para contribuir a la reducción del
deterioro del medio ambiente nocivo para la salud y al fomento de los
ingresos y el empleo en la pequeña y mediana industria.
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Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la
Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica.
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29/01/2000
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Vigente
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Organización de las Naciones Unidas
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28/10/2003
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Se establecen medidas y acciones en materia de
transferencia, manipulación y utilización de organismos vivos modificados por
biotecnología, y los procedimientos respectivos, información, movimientos
transfronterizos, financiamiento y aspectos operativos de la Convención. Se
acompañan tres anexos sobre información requerida en ciertas notificaciones
previstas en relación con organismos vivos destinados a consumo humano o
animal, y sobre evaluación del riesgo.
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Nota: Los documentos que aparecen en la tabla incluyen tratados
internacionales y acuerdos interinstitucionales entre dependencias de los
países firmantes.
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